En el recurso de casación, la defensa argumentó que “los hechos no se encontraban debidamente acreditados".
Lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia y resolvió rechazar el recurso de casación planteado por la defensa. El Tribunal de Juicio N° 1 de Capital había dispuesto la pena de 15 años de prisión a un hombre por abuso sexual con acceso carnal en calidad de autor material. Las víctimas menores de edad eran hijas de la concubina del condenado.
En la Sentencia N° 176, el Superior Tribunal de Justicia resolvió rechazar el recurso de casación planteado por la defensa y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio N° 1 de Capital confirmando la pena de 15 años de prisión a un hombre por la comisión del delito de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra dos niñas menores de 13 y 17 años aprovechando la situación de convivencia preexistente (art. 119, 1° párr., en función del último párr., y del 4° párr., inc. f) del CP y art. 55) y (art. 119, 3° párr., en función del inc. f) del 4° párr., del mismo art. y art. 55 del CP).
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