El Gobierno nacional argumentó que "carece de sustento y aplicación prácticos". También dispuso que la cédula verde no tendrá vencimiento. Qué documentos son necesarios para circular.
La cédula de identificación para autorizados a conducir, conocida como cédula azul, quedó sin efecto como documento de identificación obligatorio para la circulación en vehículos por el territorio nacional.
Sin embargo, la normativa aclara que las cédulas azules ya emitidas "continuarán vigentes hasta tanto sean revocadas por quien las peticionó".
"La revocación no deberá ser peticionada en caso de solicitarse la inscripción de una transferencia o de una denuncia de venta", añaden.
La norma establece asimismo que las cédulas verdes emitidas con anterioridad a la vigencia de la presente "que en su formato físico contuvieren una fecha de vencimiento, no tendrán vencimiento", por lo que podrán utilizarse y tendrán plena vigencia.
Según el Ejecutivo, la cédula de identificación permitía al titular de un vehículo autorizar a terceros para manejar. Sin embargo, con el establecimiento del no vencimiento de las azules por el DNU 70/2023, la utilidad práctica de la cédula azul se vio comprometida, por lo que se justificó su derogación, que rige desde ayer.
De esta manera, los documentos y los elementos de seguridad con los que deberán circular los conductores en todo el territorio nacional son el documento nacional de identidad (DNI); la licencia nacional de conducir; la cédula verde (o cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la cédula verde); el comprobante de seguro vigente; la constancia de la revisión técnica obligatoria (RTO) o verificación técnica vehicular (VTV); las chapas patente, que deben estar colocadas en lugar visible, sin alteraciones y en buen estado;âel matafuegos con fecha vigente y las balizas.
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